Entre los suscritos a saber: por una parte LA CLINICA y por la otra EL PACIENTE, se ha celebrado el presente CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS ODONTOLOGICOS regido además por las siguientes cláusulas:
PRIMERA OBJETO: LA CLINICA, se obliga con el paciente a prestarle en forma profesional mediante odontólogos independientes, los siguientes servicios de odontología dentro de los términos y bajo las condiciones estipuladas en el presupuesto anexo.
SEGUNDA. PRECIO:-EL PACIENTE se obliga a pagar a LA CLINICA el valor del tratamiento en los términos detallados en el presupuesto. El anterior valor esta determinado por la complejidad del tratamiento y la cantidad de citas que LA CLINICA estableció como necesarias para la adecuada prestación del servicio.
TERCERA: FORMA DE PAGO: EL PACIENTE deberá cancelar como mínimo el valor del tratamiento realizado hasta la fecha de la última cita, salvo cuando éste haya efectuado su pago total de contado a la fecha de suscripción del presente contrato. PARÁGRAFO (1) El valor del presente contrato deberá ser cancelado directamente por ELPACIENTE en las cajas de LA CLINICA. PARAGRAFO (2) LA CLINICA no asumirá responsabilidad alguna por pagos efectuados por otros medios y/o a personas diferentes del personal de caja de LA CLINICA.
CUARTA: DURACION: El término de duración del presente contrato, está determinado por el número de citas establecidas por la Clínica para efectos de la prestación de los servicios contratados. En ningún caso habrá devolución de suma de dinero alguna.
QUINTA. – DELIMITACION DE LOS SERVICIOS ODONTOLOGICOS: LA CLINICA solamente se obliga con EL PACIENTE a prestar los servicios a que se refiere la cláusula primera del presente contrato. PARAGRAFO (1). El valor de cualquier otro servicio profesional adicional que requiera EL PACIENTE Y que sea necesario para el tratamiento que se le esté prestando y que surja como consecuencia de la prestación del servicio contratado o por cualquier otra causal, será asumido directamente por EL PACIENTE y le será facturado en forma independiente de conformidad con las tarifas vigentes. PARAGRAFO (2): La forma de pago de estos valores será acordada con LA CLINICA, la cual constará en un anexo que formará parte integral del presente contrato.
SEXTA.-SUSPENSIÓN DE LA PRESTACION DEL SERVICIO: LA CLINICA en desarrollo de lo establecido en el presente contrato, suspenderá la prestación del servicio en los siguientes casos entre otros: (1) Cuando en EL PACIENTE se presente de forma cualquier forma una deficiencia en la higiene oral que conlleve a la imposibilidad de realizar el tratamiento o comprometa el mismo. PARAGRAFO: En estos eventos de suspensión y/o terminación del servicio EL PACIENTE asumirá en forma directa los gastos que le demande cualquier otro tipo de tratamiento o atención de urgencia que le sea prestada por otro profesional del ramo odontológico. De esta manera, por parte de LA CLINICA no le será reconocido reembolso alguno y en caso de reanudar la prestación del servicio no asumirá, ni se hará responsable por lis trabajos realizados por profesionales externos.
SEPTIMA.- TERMINACION UNILATERAL ANTICIPADA DEL CONTRATO: LA CLINICA en desarrollo de lo establecido en el presente contrato, dará de forma justificada terminación unilateral al presente contrato de servicios odontológicos en los siguientes casos entre otros:
- (1) Cuando en EL PACIENTE se presente de forma reiterativa y luego de las recomendaciones del caso, una deficiencia en la higiene oral que conlleve la imposibilidad de realizar el tratamiento o comprometa el mismo.
- (2) Cuando EL PACIENTE se encuentre en mora de cancelar el valor mínimo del tratamiento realizado
- (3) Cuando EL PACIENTE en forma reiterada e injustificada incumpla tres (3) citas de acuerdo a la programación que de ellas haya fijado LA CLINICA.
OCTAVA. – OBLIGACIONES DELA CLINICA: LA CLINICA se obliga con EL PACIENTE a:
- (1) Prestar por intermedio de sus odontólogos independientes los servicios de medio y no de resultado a que se refiere la cláusula primera del presente contrato, con la debida calidad, competencia, capacidad, calificación médica y técnica requerida.
- (2) suministrar para la prestación del servicio los elementos y materiales que sean necesarios, excluyendo todos aquellos medios de diagnósticos tales como radiografías a excepción de las periapicales, fotografías medicamentos y demás exámenes complementarios o especializados, tanto para su diagnóstico inicial como para la terminación de los tratamientos.
NOVENA. – OBLIGACIONES DEL PACIENTE:
- (1) cancelar en bebida forma y de inconformidad con lo establecido en la cláusula primera del presente contrato, el valor del mismo
- (2) de conformidad en el programa de citas fijada por LA CLINICA contratista, asistir cumplidamente a las mismas.
- (3) En el evento en que se produzca por su culpa, daños en el tratamiento realizado deberá asumir directamente el valor del nuevo procedimiento.
DECIMA.- Un vez terminado el tratamiento, EL PACIENTE, si efectivamente se encuentra de acuerdo, suscribirá la correspondiente Historia Clínica en la que declara haberlo recibido a satisfacción y la cual forma parte integral del presente contrato. En la misma Historia Clínica se describen los cuidados especiales que EL PACIENTE debe tener a fin de garantizar el buen estado del trabajo odontológico que se le ha realizado. LA CLINICA no se responsabiliza del deterioro por el mal trato que EL PACIENTE le de al tratamiento realizado.
LA CLINICA garantiza el tratamiento de acuerdo a las implicaciones del mismo, las cuales quedarán descritas en la respectiva Historia Clínica del PACIENTE. A los seis meses de concluido el tratamiento odontológico, EL PACIENTE tiene derecho a un control gratuito para la revisión del mismo.
- (1). La garantía para prótesis total es de seis (6) meses desde el momento en que se concluya el tratamiento y se limita a la cantidad de reborde alveolar que posea EL PACIENTE y al cuidado que se tenga con dicha prótesis, esta garantía se hace efectiva siempre y cuando EL PACIENTE asista a un (1) control durante este período. Para Prótesis Parcial Removible la garantía es de seis (6) meses desde el momento en que se concluya el tratamiento y cubre los materiales utilizados para su elaboración, mas no las desadaptaciones por el mal uso o no-utilización de ellas. Esta garantía se hace efectiva siempre y cuando EL PACIENTE asista a 1 control durante este período.
- (2) Para Prótesis Fija la garantía es de un(1) año siempre y cuando EL PACIENTE asista a un (1) control cada seis (6) meses.
DECIMA PRIMERA.-TERMINACION DEL CONTRATO: El presente contrato terminará por las siguientes causales:
- 1 Por haber concluido el servicio contratado.
- 2. En caso de presentarse alguna de las causales de suspensión señaladas en la cláusula tercera y EL PACIENTE no adopte las medidas tendientes a la corrección de las situación presentada LA CLINICA, en forma unilateral podrá dar por terminado el presente contrato. En este evento EL PACIENTE deberá pagar a LA CLINICA el valor correspondiente al tratamiento realizado.
DECIMA SEGUNDA .-CLAUSULA COMPROMISORIA.- Las partes convienen que en el evento en que surja alguna diferencia entre las mismas por razón o con ocasión del presente contrato será resuelta por un tribunal de arbitramento cuyo domicilio será la ciudad del domicilio contractual integrado por un (1) árbitro designado conforme a la ley delas lista de árbitros de la Cámara de Comercio la ciudad del domicilio contractual. Los arbitramentos que ocurrieren se regirán por lo dispuesto por la Ley 446 de 1998. del Decreto 1818 de 1998 y en las demás normas que modifiquen o adiciones la materia.
DECIMA TERCERA. -Mérito Ejecutivo.- EL PACIENTE expresamente reconoce y acepta que para todos los efectos legales las obligaciones derivadas de este contrato se constituirán en título Ejecutivo sin necesidad de requerimiento alguno, al cual renuncia expresamente.
DECIMA CUARTA.- MODIFICACIONES: Cualquier modificación al presente contrato deberá hacerse de común acuerdo entre las partes.
DECIMA QUINTA.-ACEPTACION DEL CONTRATO: En señal de aceptación del contenido del presente contrato y sin reserva para efectos de los servicios contratados, como PACIENTE manifiesto que se me ha informado por parte de LA CLINICA sobre la naturaleza, beneficios y posibles riesgos previsibles acerca del mismo, así como de las reacciones idiopáticas o posibles resultados desfavorables inmediatos a tardíos de imposible o difícil previsión.
En conformidad con lo anterior, las partes suscriben el presente contrato en dos ejemplares del mismo tenor y valor, a los 13 días, del mes de noviembre del año 2.020